Prima Vacacional 2026: Cálculo, Tabla y Todo lo que Dice la Ley

La prima vacacional es una prestación que reconoce el esfuerzo de los trabajadores y les permite disfrutar su periodo de descanso con un ingreso adicional. Desde la reforma de Vacaciones Dignas, muchas empresas han tenido dudas sobre su aplicación, cálculo y obligaciones legales.

Comprender cómo funciona la prima vacacional ayuda a proteger los derechos de los colaboradores y evita errores que pueden generar conflictos o pagos incorrectos. Si necesitas apoyo para cumplir con esta obligación, nuestro equipo puede ayudarte.

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Prima vacacional por ley: ¿Qué es y a quién aplica?

La prima vacacional es un pago adicional que reciben los trabajadores cuando disfrutan de sus vacaciones pagadas. Se trata de un beneficio establecido en la legislación laboral y forma parte de las prestaciones laborales que todo patrón debe respetar.

Con la reforma conocida como Vacaciones Dignas, vigente desde 2023, aumentó el número de días de descanso para muchos colaboradores. Esto también hizo más importante revisar el cálculo de la prima vacacional, ya que un error puede afectar tanto al trabajador como a la empresa.

Grupo de ejecutivos analiza documentos para validar el cálculo de la prima vacacional conforme a las obligaciones laborales vigentes.

El decreto estableció que las modificaciones aplican a los contratos individuales y colectivos vigentes siempre que resulten más favorables para las personas trabajadoras. Esto significa que el derecho del trabajador debe respetarse en cada relación laboral, considerando su antigüedad laboral y el sueldo base correspondiente.


El incremento en los días de vacaciones produjo muchas distorsiones entre los trabajadores que cumplían antigüedad en los últimos meses de 2022 y los que la cumplían en los primeros meses del 2023, que y abordamos en su momento:

Beneficio al Trabajador

La aplicación en beneficio de los trabajadores de esta reforma traerá algo de inequidad entre trabajadores respecto del disfrute de vacaciones a que tendrán derecho a partir de 2023 en función de su fecha de aniversario, además la aplicación de este cambio conlleva el riesgo de pagar o haber pagado indebidamente las cuotas al IMSS e INFONAVIT, sobre todo en el caso de los finiquitos que sin duda esto será más notorio en empresas con un alta rotación de personal, como lo demostramos a continuación.

Caso 1°

Variación en el disfrute de los días de vacaciones y cobro de prima vacacional entre 2 trabajadores con 2 días de diferencia respecto de su fecha de ingreso.

Ejemplo #1  |  Empleado: Jaun Pérez  |  Fecha de Ingreso: 31/12/2020
Nov. Dic 2022 Enero -Febrero 2023
5 nominal Bono 5 nominal Bono
300.00 50.00 345.00 0.00
Vacaciones Devengadas: 8 Factor de Integración: 1.0521
Salario diario (Integrado): 362.97 Salario diario (Base de Cont.): 412.97
Ejemplo #2  |  Empleada: Leticia López  |  Fecha de Ingreso: 02/01/2021
Nov. Dic 2022 Enero -Febrero 2023
5 nominal Bono 5 nominal Bono
260.00 50.00 286.00 0.00
Vacaciones Devengadas: 34 Factor de Integración: 1.0521
Salario diario (Integrado): 300.90 Salario diario (Base de Cont.): 350.90
Ejemplo #3  |  Empleada: Leticia López  |  Fecha de Ingreso: 02/01/2021
Nov. Dic 2022 Enero -Febrero 2023
5 nominal Bono 5 nominal Bono
286.00
Vacaciones Devengadas: 16 Factor de Integración:
Salario diario (Integrado): Salario diario (Base de Cont.):
Ejemplo 1 de 3
a)
Se observa que en ambos empleados entraron con 2 días de diferencia el primero el 31 de diciembre de 2020 y la segunda el 2 de enero de 2021. El trabajador Juan Pérez cumplió su segundo aniversario el 31 de diciembre de 2022 devengando los 8 días que corresponden; y la segunda trabajadora cumplió su segundo aniversario ya con la reforma a la ley en vigor , devengando 14 días que corresponden a su segundo aniversario.
b)
Juan pérez tomo sus vacaciones devengadas hasta abril de 2023 y la primera que cobro fue de $690.0; en cambio Leticia López renuncio a la empresa en mayo de 2023 y y cobro en su finiquito la prima vacacional correspondiente a las vacaciones devengadas hasta su segundo aniversario por $1,001.00 porque fue beneficiada ya con la entrada en vigor de la reforma a la ley también cobro su prima vacional proporcional a 16 días correspondientes a su tercder año desde el 3 de enero hasta el 8 de mayo de 2023 por $476.67.
c)
Y para abonar más a la legal pero injusta aplicación de la ley entre ambos trabajadores, la empleada Leticia López (que fue más beneficiada) percibia un salario diario normal de $260.00 y el trabajador que no fue beneficiado percibia un salario diario nominal de $300.00

Otros antes afectados en este ejemplo fueron el IMSS e INFONAVIT, toda vez que la tarbajadora Leticia López integro de menos su salario base de cotización durante todo el año si se compara con lo que realmente cobro, como lo demostramos a continuación.

Empleado S nominal Factor de Prima vacacional Días del año Importe integrado Importe Pagado Diferencia Integrada de menos
Leticia López 260 0.005479 365.00 $20.00 1,001.00 -481

La trabajadora Leticia López, integró y cotizo al IMSS durante el año la prima vacacional con el factor que corresponde a 8 días de vacaciones, pero cuando cobro su prima vacional se le aplico el beneficio de la reforma de 14 días, dejando sin integración un diferencial nual de $481.00 sobre las que el IMSS e INFONAVIT no recaudaron cuotas, ahora imáginémonos este efecto en empresas de más de 300 trabajadores con una rotación importante

A partir de este 2023, las vacaciones que por derecho deberán gozar todos los trabajadores según su antigüedad, se detallan en la siguiente tabla.

VaDi Tabla de vacaciones 2023 reforma «Vacaciones Dignas»

  • La publicación en el DOF de la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, modifica la tabla de vacaciones 2023 que muestra los días por años trabajados, la cual quedará de la siguiente manera:
Años laborados Días de vacaciones
1 12
2 14
3 16
4 18
5 20
6-10 22
11-15 24
16-20 26
21-25 28
26-30 30
31-35 32


Servicios Laborales

Servicios de apoyo en otras obligaciones de tipo laboral

EN EL SERVICIO DE DICTAMEN DEL IMPUESTO SOBRE NÓMINAS DEL ESTADO DE MÉXICO

El 31 de Julio es la fecha límite para presentar el aviso de dictamen de Contador Público del impuesto sobre remuneraciones al trabajo personal del Estado de México, o mejor conocido como dictamen del impuesto sobre nóminas del Estado de México. Este dictamen es obligatorio para las empresas en los supuestos y límites arriba mencionados, pero también puede ser voluntario. Le recomendamos revise la situación de su empresa para valorar si se encuentra obligada o en su defecto si no lo está pero tiene algún pendiente de pago o por regularizar; aproveche esta opción para ponerse al corriente y así evitará multas y sanciones.



EN EL SERVICIO DE DICTAMEN INFONAVIT

El próximo 30 de abril vence el plazo para presentar el aviso de dictamen de Contador Público independiente a las cuotas obrero patronales enteradas al IMSS, así como el dictamen a las cuotas enteradas al INFONAVIT. El dictamen IMSS es obligatorio o voluntario, en tanto que el dictamen INFONAVIT es voluntario únicamente. Haz una revisión de tu empresa y si tienes pendientes de pago de cuotas patronales ante el INFONAVIT o de créditos de vivienda no pagados, aprovecha el dictamen voluntario y corrige tu situación mediante esta opción y así evitaras multas y sanciones.



EN EL SERVICIO DE DICTAMEN IMSS

El próximo 30 de abril vence el plazo para presentar el aviso de dictamen de Contador Público independiente a las cuotas obrero patronales enteradas al IMMS, así como el dictamen a las cuotas enterdas al INFONAVIT. El dictamen IMSS es obligatorio o voluntario atendiendo a los límites arriba mencionados, en tanto que el dictamen INFONAVIT es voluntario solamente. Haz una revisión de tu empresa en base a los supuestos de obligatoriedad arriba mencionados o si tienes algún aspecto que corregir en el cumplimiento de tus obligaciones, valora esta herramienta como una posibilidad para corregirte, sin multas ni sanciones.



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PREGUNTAS FRECUENTES

Es una prestación que reciben los trabajadores durante su periodo de vacaciones. Consiste en el pago de un 25% adicional sobre el salario correspondiente a los días de descanso y debe pagarse conforme a lo establecido por la legislación laboral vigente.
Toda persona que mantenga una relación laboral formal y cumpla con los requisitos establecidos por la ley tiene derecho a recibir este beneficio cuando disfrute su periodo anual de vacaciones correspondiente.
Generalmente se entrega antes o al inicio del periodo vacacional para que el trabajador pueda disfrutar de sus vacaciones con el pago adicional que le corresponde conforme a la legislación laboral.
El cálculo se determina aplicando el 25% del salario del trabajador a los días de vacaciones que le corresponden disfrutar por cada año de servicio cumplido, de acuerdo con lo establecido por la ley laboral vigente. Algunas empresas pueden otorgar un porcentaje mayor como prestación adicional.