Empresas que presentan dictamen fiscal en CDMX: ¿Quiénes están obligadas?

En la Ciudad de México, algunas empresas y contribuyentes están obligadas por ley a presentar dictámenes fiscales ante las autoridades locales. Esta obligación busca verificar el correcto cumplimiento de sus obligaciones en el pago de impuestos estatales, brindando transparencia ante la administración tributaria en la Ciudad de México.

Si tienes un negocio en la CDMX, es fundamental conocer si formas parte de las empresas que deberán presentar algún dictamen fiscal emitido por contador público autorizado en la CDMX, ya que su incumplimiento puede generar multas y consecuencias legales. Este contenido te explicará qué es un dictamen fiscal local, qué tipos de empresas están obligadas según el impuesto o contribución aplicable y cómo saber si debes presentar el dictamen ante la secretaría de administración y finanzas de la CDMX.


Contador autorizado explica a ejecutivo de empresas que presentan dictamen fiscal en CDMX sus obligaciones.

¿Qué es un dictamen fiscal local?

El dictamen fiscal local es una revisión efectuada por contadores públicos autorizados para verificar el correcto cumplimiento de los tributos locales que una empresa debe pagar por residir en esa entidad. Su objetivo es confirmar ante la autoridad que los contribuyentes han cumplido con sus obligaciones fiscales en cuanto al impuesto o contribución sujeta a dictamen.

A diferencia del dictamen fiscal federal, que se presenta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), este informe se entrega a las autoridades fiscales locales de varios estados de la república Mexicana que tengan establecida esta obligación para ciertos contribuyentes y también en la Ciudad de México, que es el tema que nos ocupara, el dictamen se presenta ante las autoridades de la secretaría de administración y finanzas de la CDMX; y se encuentra regulado en el Código Fiscal de la Ciudad de México, en sus artículos 58, 59, 64 y 66 fundamentalmente.

¿Qué es el dictamen de contribuciones locales?

El Dictamen de Contribuciones Locales corresponde solamente a la Ciudad de México, pues es la única entidad federativa en la que existe la obligación de dictaminar por Contador Público independiente, varios impuestos y contribuciones locales.

¿Qué se dictamina?

  • Impuesto Predial
  • Impuesto sobre Nóminas
  • Derechos por Suministro de Agua
  • Derechos de descarga a la red de drenaje
  • Impuesto por la prestación de servicios de hospedaje

¿Qué impuestos y contribuciones locales se dictaminan en la CDMX?

  • Impuesto Predial
  • Impuesto sobre Nóminas
  • Derechos por Suministro de Agua
  • Derechos de descarga de agua a la red de drenaje
  • Impuesto por la prestación de servicios de hospedaje

Empresas que están obligadas a presentar dictamen fiscal local

Impuesto Sobre Nómina (ISN)

Este es uno de los tributos más comunes entre los contribuyentes. Aplica para empresas que realizan pagos por sueldos y salarios en la CDMX.

Están obligadas a presentar este dictamen fiscal:
  • Personas físicas o morales que hayan pagado nóminas a más de 150 trabajadores.

Sin embargo este dictamen pueden presentarlo de forma opcional las personas físicas o morales que tengan menos de 150 trabajadores, y que deseen corregir en forma voluntaria errores u omisiones que hayan cometido, y pagar sus diferencias en este impuesto.

En ambos casos, este dictamen ayuda a garantizar que el impuesto sobre nóminas se ha calculado y pagado correctamente.

Impuesto Predial

  • El impuesto predial lo deben presentar de forma obligatoria, las personas físicas y morales que dentro del territorio de la Ciudad de México sean propietarios de uno o más inmuebles cuyo valor catastral en lo individual o en su conjunto sea superior a 35,564,880.00 (Cifra actualizada a 2024).
  • Es recomendable que los propietarios de inmuebles cuyo valor catastral sea cercano a los $ 30,000,000.00, se dictaminen para este impuesto en forma optativa, pues como este impuesto es auto determinable, y se acostumbra pagarlo conforme a las boletas que nos envía la autoridad, pero debes saber que estas boletas son una propuesta de pago con base a la información y características del inmueble con que cuenta la autoridad en el registro catastral, y con toda seguridad esta información no está actualizada en el catastro con las modificaciones, ampliaciones o mejoras que suelen tener los inmuebles con el paso de los años.
  • Por lo tanto al practicar el avalúo catastral que exige el dictamen de contador público, los inmuebles que están cercanos a los $ 30,000,000.00 terminan superando ese valor y pueden quedar obligados al dictamen resultándoles diferencias a pagar muy grandes, por esta razón el dictaminarte voluntariamente, te permite regularizarte a tiempo y no cuando hayan pasado varios años, por que estas diferencias que suelen ser grandes, se pueden todavía cuadruplicar por concepto de multas, actualizaciones y recargos, cuando una autoridad nos requiera.

Contador revisa documentación oficial de empresas que presentan dictamen fiscal en CDMX para su elaboración.

Derechos de suministro de agua

Aplica para quienes usan el servicio de agua potable de forma intensiva o comercial de acuerdo a lo siguiente:

La obligación de dictaminarse es para:
  • Usuarios de tomas de agua con medidores industriales o comerciales, o mixtos (es decir de uso habitacional e industrial o comercial); si consumieron más de 300 m³ promedio bimestral.
  • También es obligatorio para tomas de agua instaladas en inmuebles destinados a casa habitación, que consuman más de 1,000.00 m³ bimestral promedio y que sean otorgados en arrendamiento a sus inquilinos.
  • Es obligatorio también para organismos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria y fideicomisos públicos conforme a la ley de la materia.

El dictamen en este caso valida ante la autoridad que los derechos por suministro de agua se han pagado correctamente por el usuario o propietario de la toma.

Impuesto sobre el hospedaje

Contribución obligatoria para quienes se dedican a prestar servicios de hospedaje o alojamiento temporal.

Obligados a presentar dictamen:

  • Hoteles, moteles, hostales y departamentos en renta temporal, que se dediquen al otorgamiento de servicios de hospedaje.
  • También a quienes otorguen este servicio a través de plataformas digitales.

En ambos casos la obligación del dictamen surge cuando estos contribuyentes hayan pagado el impuesto sobre hospedaje por un importe superior a $ 14,352,104.00 anuales.

Derechos de descarga a la red de drenaje

Las empresas que generan residuos líquidos no domésticos deben considerar este tributo.

Obligados:

Las que en el año calendario anterior a aquel que se dictamina, hayan utilizado agua de fuentes diversas a la red de suministro de la Ciudad de México y que hayan efectuado las descargas de este líquido en la red de drenaje.

Quienes deberían revisar si tienen esta obligación:

  • Industrias que vierten aguas residuales con tratamiento especial.
  • Restaurantes, lavanderías industriales o plantas que descargan directamente al sistema de drenaje de la CDMX.
  • Empresas dedicadas al lavado de automóviles, etc.

¿Cómo saber si tu empresa está obligada?

No siempre es evidente si una empresa debe presentar estos dictámenes fiscales. Para determinarlo, se deben considerar los siguientes criterios:

1. Actividad económica

Algunas actividades, que requieren de mucho personal en su nómina para operar, los propietarios de inmuebles, arrendadores, empresas dedicadas a la prestación de servicios de hospedaje o alojamiento temporal, industrias que tengan altos consumos de agua potable, tienen mayor probabilidad de estar obligadas a presentar el dictamen de contribuciones locales para la Ciudad de México, por una o más contribuciones de las antes enunciadas.

2. Datos que debemos revisar en los casos anteriores.

Volumen de agua consumida, su fuente de origen si se descarga al drenaje, tener contratado mucho personal por nómina, ser propietario de inmuebles en zonas de alto valor o dedicarse a la prestación de servicios de hospedaje temporal; son datos indicadores que pueden activar eta obligación.

Recomendación clave

Para evitar errores o sanciones, se recomienda:

  • Hacer una revisión preventiva anual de los requisitos.
  • Consultar a contadores públicos especializados en servicios de dictámenes fiscales locales.
  • En caso de que si resultaras obligado a dictaminar cualquiera de estas contribuciones Considerar que se deberá antes presentar un aviso, ya que este también es obligatorio, y si no se presenta es causa de multa.

¿Qué pasa si no presentó el dictamen estando obligado?

No presentar el dictamen fiscal siendo sujeto obligado puede acarrear:

  • Requerimientos formales por parte de las autoridades de la CDMX.
  • Imposición de multas por no presentar el aviso y por no presentar el dictamen.
  • Subsiste la obligación de dictaminarte y deberás contratar este servicio a un Contador Público autorizado.
  • Pagaras actualización y recargos sobre las diferencias detectadas, hasta la fecha en que cumplas con la obligación.
  • Tendrás una opinión de cumplimiento negativa en tu historial en el SAT.

Por ello, es esencial identificar a tiempo si estás dentro de las empresas que deberán presentar dictamen fiscal en CDMX y actuar conforme lo marca la ley.


Contador público autorizado brinda asesoría personalizada a empresas que presentan dictamen fiscal en CDMX.

¿Tu empresa está obligada a presentar dictamen fiscal local?

Las empresas que presentan dictamen fiscal en CDMX deben cumplir con criterios muy específicos según el impuesto correspondiente. Si bien puede parecer una tarea compleja, con una buena asesoría es posible detectar y vigilar ésta obligación a tiempo y evitar complicaciones fiscales futuras.

Además de cumplir con el código fiscal y las normativas locales, presentar tu dictamen oportunamente también genera confianza frente a inversionistas, bancos y otras instituciones.

En Servicios C, revisamos tu situación particular y te orientamos para cumplir correctamente con tus obligaciones fiscales en la Ciudad de México.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué es un dictamen fiscal?

Es un informe elaborado por un contador público autorizado que verifica el cumplimiento de las obligaciones fiscales de una empresa. Se presenta ante el SAT o autoridades locales, dependiendo del tipo de contribución dictaminada.

¿Quiénes están obligados a presentar dictamen fiscal de contribuciones locales en la CDMX?

Están obligadas las empresas que rebasan cierto, número de empleados o valores catastrales de propiedades inmuebles, o del volumen de consumos de agua, o el origen de los consumos de agua y sus descargas al drenaje, o si prestan servicios de hospedaje; según el impuesto o contribución aplicable y este dictamen aplica solo a nivel local en la Ciudad de México.

¿Cuándo se debe presentar este dictamen?

El último día hábil del mes de mayo del ejercicio siguiente que se dictaminara, previa presentación del aviso de dictamen correspondiente a más tardar el 15 de marzo anterior

¿Dónde se presenta este dictamen?

Se presenta por medio de la plataforma denominada Sistema de Presentación del dictamen (SIPREDI) puesta a disposición por la Secretaría de Administración y Finanzas de la CDMX