Dictamen de estados financieros para efectos fiscales y dictamen iscal sobre enajenación de acciones.

  1. El dictamen fiscal federal es una herramienta al alcance de las empresas que les da la certeza de que su información financiera está presentada de manera adecuada de conformidad con las normas de información financiera establecidas por la Contaduría Pública Organizada de México, en armonía con las normas internaciones de contabilidad.
  2. El dictamen fiscal goza de una gran cre3dibilidad en el medio empresarial, financiero y fiscal, porque está avalado por la firma de un profesional para emitir su opinión respecto de la situación contable, financiera y fiscal de las empresas.
  3. El dictamen iscal es reconocido por las autoridades hacendarias como un documento fidedigno y confiable que da cuenta de la situación fiscal del contribuyente y tiene validez legal.
  4. El dictamen fiscal proporciona a las empresas la seguridad de que está cumpliendo de forma correcta en el pago de sus impuestos.
  5. El dictamen fiscal garantiza a las empresas, que, en caso de dudas de la autoridad respecto de la situación fiscal del contribuyente, primero serán revisados los papeles de trabajo del contador público que dictaminó sin que la empresa dictaminada sea molestada por este acto de autoridad.
  6. El dictamen fiscal sufrió cambios importantes a partir de 2014 pues dejo de ser obligatorio y quedo como un documento voluntario con los mismos beneficios y efectos legales ante las autoridades fiscales y ante tercero interesados. Con estos cambios el Dictamen Fiscal fue voluntario para todos los contribuyentes, Personas Físicas y Morales que:
  7. En el ejercicio inmediato anterior al dictaminado hubiesen obtenido ingresos acumulables superiores a $100,00,000.00. Conforme a reglas de carácter general hayan determinado un valor de su activo superior a $79,000,000.00 O hayan empleado a más de 300 trabajadores en todos los meses del año.
  8. Las entidades de la Administración Pública Federal no podrán optar por dictaminar sus efectos financieros. A partir del ejercicio 2022, el dictamen fiscal volvió a ser obligatorio para las personas morales que:

    Hayan declarado ingresos acumulables iguales o superiores a $1,650,490,600.00

    Aquellas que tengas acciones colocadas entre el gran público inversionista, en la bolsa de valores El dictamen fiscal optativo sigue prevaleciendo a la fecha. Si su empresa es dictaminada para efectos fiscales, tendrá los siguientes beneficios: No recibir visitas domiciliarias de la autoridad, por el ejercicio dictaminado.

    En caso de que la autoridad pretenda alguna aclaración respecto de la situación fiscal del contribuyente, primero revisará los papeles de trabajo del Contador Público (en apego al procedimiento de revisión secuencial del CFE). Si como resultado de la revisión al contador determina que su dictamen no se hubiese presentado de conformidad con las disposiciones ficales que regulan, la autoridad revisará al contribuyente.

    DICTAMEN DE ENAJENACIÓN DE ACCIONES.

    Este dictamen es un documento optativo al que podrán recurrir los socios o accionistas que hayan decidido dejar la sociedad a la que pertenecen y vendan, traspasen, cedan, donen o que mediante cualquier otro medio jurídico y legal trasladen lo de derechos de propiedad de dichas acciones a otra persona física o moral. En este dictamen el Contador Publico determinara el costo fiscal de las acciones del socio que abandone la sociedad a la fecha de la operación y determinara su hubo alguna ganancia por la que se deba pagar impuesto.

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    Contadores Publicos Jose Luis Aleman Álvarez